Recursos del Consejo Médico Consultivo para médicos

Un médico que tiene una licencia para ejercer la medicina en Texas puede informar voluntariamente al departamento o al Consejo Médico Consultivo, de forma oral o escrita, el nombre completo, fecha de nacimiento y dirección de un paciente mayor de 15 años diagnosticado con un trastorno o discapacidad especificada en las normas del departamento. La divulgación de dicha información por parte del médico al consejo es una excepción a los requisitos del privilegio médico-paciente de la sección 159.002 del Código de ocupaciones profesionales.

Los médicos que informen voluntariamente al consejo conforme a la sección 12.096, subcapítulo H del título 2 del Código de Salud y Seguridad, NO serán considerados responsables de sus opiniones, recomendaciones e informes profesionales.


Formularios y publicaciones para los médicos


Enlaces de interés para los médicos